Nueva Ley en materia de Protección de Datos Personales

Por: Abogada Gabriela Valencia Rangel

El pasado 20 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la cual entró en vigor el 21 de marzo de 2025.

Esta ley es de gran trascendencia, ya que tiene como objeto regular la protección de los datos personales en posesión de los particulares, garantizando su tratamiento legítimo, controlado e informado. Su finalidad es salvaguardar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas, evitando la divulgación indebida o el uso comercial no autorizado de sus datos personales.

Principales cambios y modificaciones:

1.- Nueva autoridad

Se designa a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno como la nueva autoridad en protección de datos personales para particulares, en sustitución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

2.- Modificaciones a definiciones clave

  • Redefine el término Aviso de Privacidad como: documento a disposición de la persona titular de la información de forma física, electrónica o en cualquier otro formato generado por el responsable, a partir del momento en el cual se recaben sus datos personales, con el objeto de informarle los propósitos del tratamiento de estos.
  • Redefine el término consentimiento, como: manifestación de la voluntad libre, específica e informada de la persona titular de los datos mediante la cual se efectúa el tratamiento de estos.
  • Redefine el término titular, como: persona a quien corresponden los datos personales. Eliminando de la definición “persona física”, lo que podría interpretarse como una extensión de la aplicación de la Ley a personas morales.
  • Redefine el término tratamiento, para quedar como: Cualquier operación o conjunto de operaciones efectuadas mediante procedimientos manuales o automatizados aplicados a los datos personales, relacionadas con la obtención, uso, registro, organización, conservación, elaboración, utilización, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, acceso, manejo, aprovechamiento, divulgación, transferencia o disposición de datos personales. Incluyendo dentro de la definición a los procedimientos automatizados.
  • Redefine el término transferencia de datos, como: toda comunicación de datos personales dentro o fuera del territorio mexicano, realizada a persona distinta de la titular, del responsable o de la persona encargada del tratamiento.

3.- Modificación de las excepciones para no requerir el consentimiento del titular

El responsable no estará obligado a recabar el consentimiento del titular en los siguientes casos:

I. Cuando así lo disponga una disposición jurídica.

II. Si los datos personales provienen de fuentes de acceso público.

III. Cuando los datos sean sometidos a un procedimiento previo de disociación.

IV. Si los datos son requeridos para ejercer un derecho o cumplir una obligación derivada de una relación jurídica entre el titular y el responsable.

V. En situaciones de emergencia que puedan afectar la integridad o los bienes de una persona.

VI. Para tratamientos relacionados con servicios médicos o sanitarios, en casos en los que el titular no pueda otorgar su consentimiento y el tratamiento sea realizado por profesionales sujetos al secreto profesional o a una obligación equivalente.

VII. Cuando exista una orden judicial, resolución o mandato fundado y motivado de autoridad competente.

4.- Transición de procedimientos y nuevo medio de defensa

Los procedimientos en materia de protección de datos iniciados ante el INAI antes de la entrada en vigor de esta ley serán resueltos conforme a la legislación previa, pero ahora estarán bajo la jurisdicción de la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.

Se sustituye el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa por el juicio de amparo ante jueces y tribunales especializados. El Poder Judicial de la Federación deberá habilitar juzgados de Distrito y tribunales Colegiados de Circuito especializados en acceso a la información y protección de datos personales.

Dado este nuevo marco normativo, es fundamental que las empresas revisen y actualicen sus políticas de privacidad, avisos de privacidad y protocolos de manejo de datos personales, con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley y evitar sanciones.

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