Por Lic. Laura M. Garay
El pasado 20 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.
Esta nueva legislación introduce cambios sustanciales en el régimen de protección de datos personales en México. Uno de los aspectos más relevantes es la actualización de los requisitos mínimos que debe contener el aviso de privacidad, herramienta fundamental para regular el tratamiento de datos personales desde su obtención.
Se define aviso de privacidad como el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato; que se pone a disposición del titular, a partir del momento en que se recaben sus datos personales, para informarle sobre las finalidades del tratamiento de estos.
Requisitos mínimos del aviso de privacidad según la nueva LFPDPPP:
- Identidad y domicilio del responsable.
Debe señalarse de forma clara quién es el responsable del tratamiento de los datos personales, ya sea persona física (nombre completo) o moral (denominación y régimen jurídico), incluyendo su domicilio para que el titular pueda localizarlo con el fin de ejercer sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).
- Datos personales sometidos a tratamiento, identificando los que son sensibles.
Es necesario identificar los datos recabados (como: nombre, correo, domicilio, entre otros) y destacar si se tratarán datos sensibles, como: origen racial o étnico, estado de salud, información genética, creencias religiosas, opiniones políticas o preferencia sexual, entre otros; los cuales requieren mayor protección, ya que su uso indebido podría generar discriminación o riesgo grave para el titular.
- Finalidades del tratamiento.
Deben distinguirse entre finalidades primarias o indispensables para el tratamiento de datos personales, por ejemplo, la prestación del servicio contratado o la venta de un producto o mercancía; y finalidades secundarias (opcionales), como: envío de publicidad o encuestas. Pero siempre establecerse y no utilizar redacciones generales o ambiguas.
- Opciones y medios para limitar el uso o divulgación de los datos.
El responsable debe ofrecer mecanismos efectivos que permitan al titular limitar el uso o divulgación de sus datos, por ejemplo, informar de la posibilidad de inscripción en listas de exclusión ante Profeco e implementar configuración de preferencias de privacidad.
- Mecanismos para ejercer los derechos ARCO.
Es indispensable que el aviso incluya procedimientos claros y sencillos para que el titular pueda ejercer los derechos ARCO, se recomienda implementar formatos sencillos y plataformas electrónicas.
- Procedimiento para comunicar cambios del aviso de privacidad.
El aviso deberá indicar cómo se notificará a los titulares cualquier modificación, ya sea a través del sitio web, correo electrónico o medios físicos en el domicilio del responsable.
El aviso de privacidad no es solo un requisito legal, sino una herramienta clave para generar confianza, fomentar transparencia en el tratamiento de datos personales y garantizar el derecho a la autodeterminación informativa. ¡Cumple con la nueva LFPDPPP y actualiza tu aviso de privacidad cuanto antes!

