México entra a la Lista de Vigilancia Prioritaria en el Informe Especial 301 de EE.UU.

Por Lic. Martha C. Bravo

El pasado 29 de abril, la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) publicó el Informe Especial 301 sobre la Protección y Aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual. En esta edición, la USTR evaluó a más de 100 socios comerciales y colocó a 26 de ellos en la Lista de Vigilancia Prioritaria o en la Lista de Vigilancia.

De acuerdo con el informe, México fue trasladado de la Lista de Vigilancia a la Lista de Vigilancia Prioritaria debido a “preocupaciones significativas y de larga data en materia de propiedad intelectual que no han sido resueltas”, muchas de las cuales se relacionan con la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Entre los puntos señalados destacan la falta de aplicación efectiva contra la falsificación de marcas y la piratería de derechos de autor, la protección de la propiedad intelectual relacionada con productos farmacéuticos, la ausencia de un régimen claro de daños preestablecidos por infracciones y la protección insuficiente de variedades vegetales.

Aunque el Secretario de Economía, Marcelo Ebrard, ha señalado que este informe no implica medidas comerciales inmediatas en contra de México, en el contexto actual de tensiones arancelarias, su publicación podría representar un nuevo punto de presión para el país. Lo cierto es que México arrastra una deuda importante en cuanto a la protección efectiva de los derechos de propiedad intelectual.

La administración actual ha informado sobre avances en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco del T-MEC, el cual establece un periodo de transición de cinco años para implementar las políticas necesarias, plazo que vence el próximo 1º de julio de 2025.

Entre los avances reportados se encuentran:

  • La creación de un portal digital que incorpora las patentes asociadas a medicamentos;
  • Reformas legislativas, como las enmiendas a la Ley Federal del Derecho de Autor;
  • La promulgación de la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;
  • Un proyecto adicional de reforma, cuyo reglamento se encuentra actualmente en dictamen por parte de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y se espera que sea publicado en breve.

También se han incrementado las acciones contra la piratería; sin embargo, la pregunta permanece: ¿son suficientes?

Estamos llegando al límite del plazo para cumplir con los compromisos adquiridos en el T-MEC, y a la fecha, México aún carece de un reglamento actualizado para la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Por otro lado, los tiempos de respuesta tanto del INDAUTOR como del IMPI han empeorado derivado de que estas instituciones enfrentan severas restricciones presupuestales que limitan su capacidad operativa y tecnológica.

No es inusual que los sistemas de búsqueda presenten fallas, y recientemente, la publicación de las Gacetas de Propiedad Industrial ha dejado de realizarse de manera diaria. Si no se asigna el presupuesto necesario a las autoridades encargadas de proteger la propiedad intelectual, los efectos podrían ser graves para el desarrollo económico del país.

Proteger la propiedad intelectual no es solo una obligación internacional: es una necesidad para brindar certeza jurídica a autores, inventores y empresarios, y así impulsar el crecimiento de las industrias creativas y comerciales. De no hacerlo, México corre el riesgo de quedar no solo en la “lista negra” de Estados Unidos, sino de perder competitividad ante el resto del mundo.

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