Por: Francisco de Villa
La inteligencia artificial ya está transformando la forma en que se escriben, editan y publican libros. También está reduciendo costos y tiempos de producción. Sin embargo, producir más contenido no significa necesariamente producir mejores obras ni generar mayor confianza.
Un reciente documento de trabajo del NBER, elaborado por Imke Reimers y Joel Waldfogel, analizó cerca de diez millones de libros electrónicos ofrecidos en Amazon entre 2020 y 2025. El estudio encontró que la cantidad de nuevos títulos casi se triplicó durante la expansión de los grandes modelos de lenguaje. También observó que los libros en los que se detectó contenido generado con IA recibieron, en promedio, menos uso y calificaciones más bajas, aunque esa diferencia se redujo con el tiempo. El hallazgo es importante: la IA puede ampliar la oferta editorial, pero no sustituye por sí sola la creatividad, el criterio ni la responsabilidad humana.
Frente a este panorama, la guía de buenas prácticas de la “Authors Guild” ofrece una referencia útil. No es una ley, sino una orientación profesional para autores y editoriales. Entre sus principales recomendaciones se encuentran mantener el control creativo humano, verificar datos y fuentes, proteger los manuscritos, respetar las obligaciones contractuales, evitar la imitación deliberada de otros autores y transparentar el uso sustancial de contenido generado por IA.
En México, la Ley Federal del Derecho de Autor establece que autor es la persona física que crea una obra literaria o artística. Esto significa que una herramienta de inteligencia artificial no puede ser reconocida como autora ni ser titular originaria de derechos morales.
La Suprema Corte confirmó este principio en el Amparo Directo 6/2025. En ese asunto, una persona intentó registrar una imagen generada mediante una plataforma de IA y reconoció que la actividad creativa había sido realizada por el sistema. La Corte concluyó que la inteligencia artificial no podía ser autora y que el simple hecho de proporcionar instrucciones o pagar una suscripción no convertía automáticamente al usuario en autor del resultado.
Sin embargo, esta decisión no significa que todo libro en el que se haya utilizado inteligencia artificial sea irregistrable.
La cuestión central es identificar la aportación humana. Un libro puede seguir protegido cuando la persona autora aporta de manera original la estructura, la selección de contenidos, la argumentación, la trama, los personajes, la redacción o la transformación creativa del material generado.
El problema aparece cuando ciertos fragmentos fueron producidos íntegramente por una IA y se incorporaron sin una modificación humana relevante. En ese caso, no debería asumirse que esos párrafos adquieren protección autoral únicamente porque forman parte de un libro registrado.
En términos prácticos, pueden distinguirse tres escenarios.
Cuando la IA se utiliza para corregir ortografía, mejorar puntuación, detectar repeticiones o apoyar la investigación, funciona principalmente como una herramienta auxiliar.
Cuando genera borradores que después son reescritos, seleccionados y transformados de manera sustancial, puede existir una aportación humana original y protegible.
Cuando la IA produce la expresión principal de la obra y la intervención humana se limita a instrucciones generales o cambios mínimos, la autoría resulta mucho más difícil de sostener.
La legislación mexicana tampoco establece un porcentaje fijo de contenido generado por IA que determine si una obra puede registrarse. No existe una regla automática del 10, 30 o 50 por ciento. La evaluación debe ser cualitativa: importa quién tomó las decisiones creativas y qué elementos originales pueden atribuirse a una persona.
También es importante distinguir entre el programa de inteligencia artificial y sus resultados. La legislación mexicana puede proteger el software como programa de cómputo, pero esa protección no se extiende automáticamente a todos los textos, imágenes o contenidos que produzca.
Por ello, autores y editoriales necesitan algo más que una declaración general sobre “uso responsable”. Necesitan reglas claras y verificables.
Una política adecuada debería distinguir entre contenido asistido y contenido generado, conservar evidencia de la aportación humana, revisar posibles afectaciones a derechos de terceros, incluir cláusulas contractuales sobre IA, proteger manuscritos e información confidencial y definir cuándo debe informarse al editor o al público.
El debate no debe reducirse a prohibir o permitir la inteligencia artificial. El verdadero reto consiste en utilizarla sin diluir la autoría, la responsabilidad ni la confianza.
La ventaja no estará simplemente en usar IA, sino en hacerlo con trazabilidad, supervisión humana, claridad jurídica y responsabilidad institucional
Guía de la Authors Guild: https://authorsguild.org/…/ai-best-practices-for-authors/

