Por: Laura M. Garay
Los términos y condiciones que contiene un contrato regirán la relación jurídica, y son para proteger a las partes, sea para documentar una relación comercial, el uso o licencias de derechos en materia de propiedad intelectual, compraventa de bienes, prestación de servicios, entre otros.
El contenido de las cláusulas dependerá de la negociación entre las partes, lo cual, puede resultar complejo en algunas ocasiones, sin embargo, establecer cláusulas claras otorga a las partes seguridad jurídica y reduce los riesgos en caso de posibles incumplimientos, por lo que, el contrato será la herramienta más valiosa para resolver disputas en caso de que surjan diferencias entre las partes.
Con independencia de las cláusulas que se puedan establecer, es importante considerar las siguientes:
- Objeto del contrato, es determinar el tipo de obligación que realizaremos, que puede ser de: dar, hacer o no hacer. Por ejemplo, en las compraventas: la obligación de entregar el bien (vendedor) y la obligación de pagar un precio (comprado).
- Fijar cual será la contraprestación o precio, estableciendo monto, forma y/o plazos de pago. En el supuesto de la compraventa, establecer el monto del bien, el lugar y fecha y el medio de pago, si se pagará por transferencia, cheque, etc. Asimismo, en caso y de acuerdo con la naturaleza de la relación jurídica, se podrán pactar intereses en caso de no pagar en el plazo acordado.
- Pena convencional, consiste en la pena económica que pactan las partes y que deberán pagar en caso de incumplimiento, la cual no podrá exceder del monto o cuantía total del contrato.
- Causales por las que procede la rescisión del contrato, son las circunstancias que pueden pactarse en el contrato para dejarlo sin efecto y que las cosas regresen al estado anterior a la firma. Una causa de rescisión puede ser: el comprador no paga el precio acordado por un bien, en un contrato de compraventa.
- Protección de datos personales, relativo al uso y tratamiento que se dará a los datos que proporcionen las partes durante la relación contractual.
- Confidencialidad, señalar el tratamiento de resguardo que se le dará a la información y/o documentación que se pondrá a disposición de las partes para cumplir con el objeto del contrato, no es de dominio público, la cual resulta relevante en temas de secreto industrial.
- Cesión del contrato, se podrá pactar si es posible que un tercero adquiera los derechos y obligaciones del contrato.
- Ley y jurisdicción aplicable, las partes indican cual es la ley que rige el contrato, y en caso de algún conflicto que juez será competente para dirimir las controversias derivadas del contrato.
La claridad en la redacción de las cláusulas es vital para evitar interpretaciones, en caso de que un tercero (juez o arbitro) deban resolver una controversia, se basará en lo estipulado en el contrato. En nuestro sistema jurídico mexicano la voluntad de las partes es ley suprema siempre y cuando no sea contraría a las normas.